Ciudad de México 13 agosto 2021 (REDACCIÓN/ CDMX MAGACÍN).-Tras reportarse diversas denuncias de empresas que han condicionado el permiso a los trabajadores para que acudan a los centros de vacunación Covid-19, la SFT y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) aseguraron que las empresas no podrán negarles su derecho a ser vacunados.
Y es que según los datos recopilados por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI), las personas de entre 30 y 49 años de edad son quienes conforman el grupo más grande de trabajadores.
Es de resaltar que México, fue el primer país en Latinoamérica en comenzar a inmunizar a sus habitantes contra el Covid-19 en diciembre 2020 y actualmente se han aplicado más de 61 millones de dosis.
Hasta el momento, las campañas están enfocadas en la aplicación de dosis a los grupos de edad de 18 años en adelante, en varias regiones del país.
A su vez, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) detalló que, puesto que el grupo que se está vacunando es el que contiene mayor número de personas laboralmente activas, las empresas e instituciones no pueden negarles a sus trabajadores el asistir a la inmunización ni sancionarlos por las horas que se ausenten para este propósito, ya que se trata de un asunto de salud pública; lo mismo sucede con los trabajadores de entre 18 y 29 años que se encuentren dentro de sus plantillas.
Sin embrago, al no estar claramente regulado, los patrones no están obligados a otorgar el tiempo necesario para que su personal acuda a las campañas del gobierno, mucho menos a otorgar todo un día.
“En realidad, no existe una ley específica sobre el tema, por ello, en marzo de 2020 se emitió en el Diario Oficial de la Federación una Declaratoria deEmergencia Sanitaria, la cual opera bajo las Leyes Aplicables en México, poniendo como responsables a la SFT y a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para atender las situaciones relacionadas con el trabajo durante la pandemia”,señaló Emilio Gárate, socio de la firma legal y de negocios BC&B.
Conviene explicar que, si un trabajador desea ausentarse el día completo por este motivo, deberá tomarlo a cuenta de vacaciones, o bien, acordarlo con su jefe inmediato
Asimismo, que los empleados conozcan sus derechos y las leyes que los protegen, aun así, existen algunos vacíos al momento de la aplicación de los artículos, ya que no se ha emitido una orden oficial que ampare su seguimiento.
El artículo 408 de la Ley General de Salud indica que las personas expuestas a contraer enfermedades transmisibles durante una pandemia deberán ser inmunizadas por las autoridades sanitarias correspondientes, esto se complementa con el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) que, en su fracción XIX bis, menciona: «la obligación que tienen las empresas de cumplir con lo que dispongan las autoridades en casos de emergencia sanitaria, de modo que deberán proporcionar los medios necesarios para la prevención de contagios entre su plantilla laboral cuando se declare una emergencia». Esto incluye, precisamente, las campañas de vacunación.
También, se sugiere que patrones y empleados acuerden muy claramente los horarios y fechas en que puede ir a vacunarse. Puede ocurrir el caso en el que se requiera un permiso para ausentarse, pero eso dependerá de los reglamentos internos de cada empresa y es obligación del área de recursos humanos indicar el procedimiento.
En caso de que el trabajador considere que se están violentando sus derechos, puede acudir a la PROFEDET para realizar una denuncia. Tanto esta instancia como la STPS están al tanto de las denuncias por afectaciones laborales en sus sitios web
Siendo su objetivo principal el proporcionar asesoría jurídica, así como facilitar los acuerdos necesarios entre trabajadores y empleadores para llevar a cabo de la mejor manera esta campaña de inmunización nacional.
Las asesorías son totalmente gratuitas en un horario de 08:00 a 15:00 de lunes a viernes en la CDMX y en las 47 representaciones de los estados. Además, el sitio de la Procuraduría Digital de Atención al Trabajador Covid-19 también apoya a las personas que se vean afectadas por despido o permiso sin goce de sueldo ante esta situación.
“Aunque ni el gobierno ni las empresas pueden forzar a una persona a vacunarse, este procedimiento es unas de las medidas a tomar para prevenir los contagios y la propagación de la enfermedad entre la población trabajadora del país, por lo que es ideal que esta población sea inmunizada en su totalidad, salvo los casos de personas que por motivos de salud no puedan hacerlo”.
Y continua:“Ante este escenario, empleados y empleadores deberán buscar consensos para las ausencias por vacunación y respetar los protocolos dictados por las autoridades sanitarias”, concluyó Gárate.
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