“Es necesario porque hoy no lo tenemos, hoy tenemos corrupción de menores, pero no tenemos este tipo penal que es un tipo penal distinto, utilización o reclutamiento de personas menores de 18 años o personas menores de 18 años con discapacidad para efectos de asociación delictuosa o bien, delincuencia organizada”, indicó. Foto: Especial.
Ciudad de México, 10 febrero 2022 (REDACCIÓN/ CDMX MAGACÍN).- Ante la falta de un tipo penal y en seguimiento a recomendaciones internacionales, el coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, Miguel Ángel Mancera Espinosa propuso derogar, adicionar y reformar diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada para tipificar el delito de reclutamiento de niñas, niños y adolescentes.
“Es necesario porque hoy no lo tenemos, hoy tenemos corrupción de menores, pero no tenemos este tipo penal que es un tipo penal distinto, utilización o reclutamiento de personas menores de 18 años o personas menores de 18 años con discapacidad para efectos de asociación delictuosa o bien, delincuencia organizada”, indicó.
El exjefe de gobierno contempla una sanción penal de 10 a 20 años de prisión para quien cometa el delito de reclutamiento de niñas, niños o adolescentes para formar parte de una asociación delictuosa, sanción que podría llegar a 30 años de prisión cuando el delito sea cometido por una persona servidora pública o que dicho reclutamiento recaiga sobre niñas, niños o adolescentes con algún tipo de discapacidad.
“Adicionar un Capítulo en el Código Penal para tener tipificado, fuera de la corrupción de menores porque lo que nos están hablando es de tipificar como delito esta conducta, es decir, no la misma conducta de corrupción sino ahora hablar del ‘Capítulo 1 Bis. Alistamiento o reclutamiento ilícito de personas menores de 18 años’”, explicó.
Sobre el concepto “reclutamiento” la nota informativa sobre protección infantil de la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), se refiere a éste como “la manera en que las personas se convierten en miembros de las fuerzas armadas o grupos armados” e incluye: alistamiento o reclutamiento voluntario, conscripción, reclutamiento forzado y reclutamiento ilícito de niños y niñas menores de la edad estipulada en tratados internacionales.
“Estamos incluyendo ya las recomendaciones internacionales para los verbos rectores de la conducta típica, es decir, hablar de utilización, de reclutamiento para formar parte de asociaciones delictivas o por supuesto, de la delincuencia organizada. Además, estamos incluyendo también a las personas con algún tipo de discapacidad”, explicó.
Según el Observatorio Nacional Ciudadano (ONC) y la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), entre 145 mil y 250 mil menores están en peligro de ser reclutados por algún grupo de la delincuencia organizada; la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) estimó en 2019 que cerca de 30 mil niñas, niños y adolescentes trabajan como vigilantes, cuidadores de casas de seguridad, en el traslado de droga o como sicarios.
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