Partidos o funcionarios electorales que soliciten información personal a los ciudadanos, deben informar claramente cuáles son los actos susceptibles de ser tratados, cuál va a ser su finalidad y cuáles son los medios para proteger los derechos; también es muy importante obtener el consentimiento de los ciudadanos, salvo las excepciones que marca la Ley.
Ciudad de México, 5 abril 2021 (REDACCIÓN / CDMX MAGACÍN).- Dado el riesgo de filtración de datos personales mientras se desarrolla el proceso electoral ordinario 2020-2021, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) lanzó un llamado a los actores políticos para adoptar las medidas que sean necesarias para garantizar su protección y debido resguardo.
La Comisionada Presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, destacó que Los datos personales en el ámbito electoral tienen un carácter instrumental para el desarrollo de las diferentes etapas de los comicios, destacó la Comisionada Presidenta, Blanca Lilia Ibarra; por lo que ponderó la importancia de cumplir las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
“Es indispensable que los actores políticos promuevan, protejan, respeten y sigan las disposiciones del marco normativo en materia de protección de datos personales y, con ello, garanticen un tratamiento adecuado de los mismos, para fortalecer el respeto a la privacidad de las personas, la gobernabilidad, la confianza de la ciudadanía en las instituciones, la integridad de las elecciones y el régimen democrático”, subrayó durante su intervención en una mesa de análisis alusiva.
“Los actores involucrados en esta contienda electoral deben asumir con responsabilidad la convicción de asegurar unas elecciones competitivas, justas y equilibradas, a partir de la observancia de las obligaciones y disposiciones establecidas en las diversas legislaciones que convergen en la celebración de los comicios”, resaltó.
En consecuencia, Partidos o funcionarios electorales que soliciten información personal a los ciudadanos, deben informar claramente cuáles son los actos susceptibles de ser tratados, cuál va a ser su finalidad y cuáles son los medios para proteger los derechos; también es muy importante obtener el consentimiento de los ciudadanos, salvo las excepciones que marca la Ley.
En este contexto, dijo, resulta primordial observar el principio de responsabilidad, dado que implica la incorporación de herramientas que aseguren que los responsables del tratamiento desplieguen medidas adecuadas, pertinentes y efectivas que prevengan posibles vulneraciones a la confianza e integridad de las personas.
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