Luz Gaytán / CDMX Magacín
El Jefe de Gobierno, Martí Batres Guadarrama, informó que el edificio de Izazaga 89, donde se comercializaban diversos productos, fue clausurado el pasado 11 de julio por violaciones a la Ley de Desarrollo Urbano.
En conferencia de prensa, el mandatario capitalino explicó que el cierre se llevó a cabo a través del Instituto de Verificación Administrativa (INVEA), en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) y con el apoyo de la Autoridad del Centro Histórico (ACH), Secretaría de Gobierno (SECGOB) y Secretaría de Gestión Integral y de Riesgos y Protección Civil (SGIRPC), debido a que incumplía ciertos requisitos exigibles al ubicarse en el perímetro B y Zona de Monumentos Históricos del Centro Histórico.
“Para empezar se realizaban trabajos de obra en una zona de monumentos históricos, sin las autorizaciones correspondientes de SEDUVI y otras. También hay una irregularidad, porque tenemos ahí dos predios distintos, pero hay un solo inmueble, que no tiene las autorizaciones para una fusión”, aseguró.
Martí Batres precisó que la actuación de las autoridades respondió a denuncias ciudadanas y, a su vez, advirtió sobre el riesgo de sobrecarga debido al uso que se daba al edificio como bodegas.
“Hay otros hechos que nos interesa resolver, sobre todo, el sobre peso que pudiera darse en diversos niveles, ese es un punto que nos preocupa mucho, porque ese sobre peso en varios niveles podría traer efectos negativos en caso de un sismo o de un siniestro, entonces, si nos interesa que, si un lugar está destinado para una comercialización de cierto tipo, al menudeo, pues ese lugar no esté repleto de cajas o de insumos que tienen un peso tal que puede desequilibrar un inmueble, que se encuentra, además, en esta zona, que ya fue de alguna forma tocada durante los temblores de 1985”, agregó.
Deben regularizar el inmueble
Asimismo, adelantó que se conformará una comisión para dar seguimiento a este caso y con ello, buscar que quienes utilizan este inmueble se regularicen.
“Va a haber una comisión, que va a estar atendiendo este caso, formada por los titulares de SEDUVI, del INVEA y de Protección Civil, de tal forma que se obligue a quienes utilizan este inmueble para actividades comerciales a cumplir plenamente con lo que marca la ley en todos los órdenes”, sostuvo.
Por otra parte, subrayó que el Gobierno capitalino realiza acciones de verificación ante posibles irregularidades que tengan establecimientos comerciales del Centro Histórico en materia normativa, de uso de suelo y protección civil, a la vez que se coordina con las autoridades federales para no permitir el comercio ilegal, venga de donde venga.
“Las investigaciones que se hacen sobre irregularidades en el tema de plazas comerciales pueden ser de muy diverso tipo, pueden ser irregularidades relativas a las normas de comercio, pueden ser irregularidades por uso de suelo, pueden ser irregularidades de protección civil, pueden ser irregularidades de carácter penal. (…) Nosotros tenemos elementos, los verificamos y, si en efecto hay datos duros que nos permitan emprender una acción, pues emprendemos una acción. (…) Cuando abordamos los temas del presunto comercio de carácter ilegal, pues nos apoyamos en autoridades federales, que son las que abordan estos temas”, aseguró.
Por su parte, el secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Inti Muñoz Santini, señaló que los predios dentro de la manzana donde se ubica Izazaga 89 son de uso de suelo comercial mixto y no permiten el uso como bodegas.
“Además de ser habitacional mixto, permite las oficinas y comercio minorista de bajo impacto, lo cual significa que el hecho de que haya estado siendo usado este edificio para comercio al mayoreo, como ellos mismos lo anuncian, lo difunden y, específicamente, como bodegas, es una violación a la ley, particularmente el uso como bodega. El uso como bodega quedó prohibido para la mayoría, casi la totalidad de los inmuebles de determinadas zonas de los perímetros A y B del Centro Histórico, teniendo en cuenta que era un mal uso que predominó durante un tiempo, generando distintas afectaciones, tanto a la dinámica urbana como a la conservación del patrimonio cultural”, señaló.
Reiteró que este predio también está registrado como Nezahualcóyotl 120 y al estar en el Perímetro B del Centro Histórico, debe contar con una autorización especial en caso de realizar cualquier obra.
“Toda intervención física, arquitectónica, modificación, arreglo, debe contar con un dictamen favorable, una autorización, tanto de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a través de su Dirección de Patrimonio Cultural, Urbano y Espacio Público, como de la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos del Instituto Nacional de Antropología e Historia”, dijo.
En tanto, la secretaria de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil (SGIRPC), Myriam Urzúa Venegas, señaló que los cuatro programas internos de protección civil que el arrendador había aportado tenían numerosas observaciones e inconsistencias.
A su vez, refirió que había otras irregularidades en la materia, entre estas la falta de salidas de emergencia.
“Había otros elementos en términos de riesgo que creíamos que era necesario, digo, no solamente revisar, sino que atender, que era la falta de salidas de emergencia, que era la falta de medidas de seguridad en relación al tema de incendios; es decir, falta de extintores, por ejemplo, y de toda la señalética necesaria en términos de protección civil”, mencionó.
Finalmente, la directora general del Instituto de Verificación Administrativa (INVEA), Teresa Monroy Ramírez, explicó que desde abril se inició el procedimiento de verificación administrativa en el predio que tiene los accesos en Nezahualcóyotl 120 e Izazaga 89, por lo cual se visitó el sitio y se garantizó el derecho de audiencia al representante legal de los propietarios.
“Con fecha 11 de julio se notificó la resolución en la que se ordenó la imposición de sellos de clausura por algunas inconsistencias en materia de desarrollo. ¿Qué quiere decir? Como bien lo ha señalado el Jefe de Gobierno, este inmueble está en un área de conservación, para lo cual, los trabajos que realizó, invariablemente requerían de un ACP, que es comúnmente conocido como el dictamen para cualquier intervención en área de conservación patrimonial, situación que durante la substanciación y su derecho de audiencia no presentó”, detalló.
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